EL
TELETRABAJO EN COLOMBIA Y EL TRABAJO 3.0
En Colombia,
el teletrabajo se encuentra definido
en la Ley 1221 de 2008 como: “Una
forma de organización laboral, que
consiste en el desempeño de actividades remuneradas o prestación de servicios a terceros utilizando como soporte las tecnologías de la información
y comunicación -TICpara el contacto
entre el trabajador y la empresa, sin requerirse la presencia física del trabajador en
un sitio especifico de trabajo”.
(Artículo 2, Ley 1221 de 2008).
Es así como el Teletrabajo se emparenta con el
trabajo 3.0 que Nubelo define
como un nuevo concepto que incluye
una web inteligente. Un trabajo a la carta, virtual y remoto. Una plataforma online que permite, generar e intercambiar información con otras personas,
más de una a la vez, y trabajar en red.
El trabajo 3.0 es la internacionalización del trabajo, es futuro. No requiere de un
lugar físico y cada uno tiene la libertad para administrar con flexibilidad
la relación entre su tiempo personal
y laboral. Colombia, como uno de los
países vanguardista en estos términos, articula los conceptos y
define de manera detallada los distintos tipos de teletrabajador según la Ley
1221 de 2008 en tres modalidades
que responden a los espacios de ejecución: Autónomo:
Se trata de trabajadores independientes o empleados
que se valen de las TIC para el desarrollo de sus tareas, ejecutándolas
desde cualquier lugar elegido por ellos. Suplementario:
Trabajadores con contrato laboral que alternan sus
tareas en distintos días de la semana entre la empresa y un lugar fuera de ella usando las TIC para dar cumplimiento. Se entiende que teletrabajan al menos dos días a la semana. Móvil:
Trabajadores que utilizan dispositivos
móviles para ejecutar sus tareas.
Su actividad
laboral les permite ausentarse
con frecuencia de la oficina. No tienen un lugar definido para ejecutar sus tareas.
Claramente los tres estilos de
trabajo al incorporarse la plataforma 3.0 se convierten en trabajo 3.0.
Más información aquí http://teletrabajo.gov.co/portal/

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